Fondos de Inversión
Comisión de depósito o custodia
Derecho de separación del partícipe
Fecha de vencimiento de la garantía
Folleto de institución de inversión colectiva
Fondo de acumulación o de capitalización
Fondo de inversión inmobiliaria, FII
Fondo paraguas o por compartimentos
Gastos del fondo (TER, Total Expenses Ratio)
IIC armonizadas (UCITS, Undertakings for Collective Investment in Transferable Securities)
IIIC no armonizadas (non-UCITS)
Información periódica de fondos de inversión
Institución de Inversión Colectiva, IIC
Política de inversión o vocación inversora
Ventana de liquidez
La ventana de liquidez es la fecha en la que un fondo de inversión que ha nacido con un compromiso de permanencia durante un tiempo, permite al partícipe salir de él sin aplicar ninguna comisión por ello.
Es preciso tener en cuenta que en esta fecha el partícipe puede «irse del fondo» pero que si lo hace, tendrá que asumir tanto los posibles beneficios como pérdidas, ya que lo habitual es que si el fondo está garantizado, pierda la garantía al salir antes de tiempo, aunque se haya facilitado su marcha en una determinada fecha sin penalizarle por ello con una comisión de reembolso.
Fecha en la que los partícipes de un fondo garantizado pueden reembolsar sin que se les aplique la comisión de reembolso; es una manera de suavizar la falta de liquidez del producto. El folleto del fondo indica cuáles son las ventanas de liquidez y el preaviso necesario para acogerse a ellas. En todo caso, debe tenerse en cuenta que generalmente los reembolsos en ventanas de liquidez se realizan al valor liquidativo aplicable según la fecha de solicitud; es decir, que no se encuentran cubiertos por la garantía del fondo.