Fondos de Inversión
Comisión de depósito o custodia
Derecho de separación del partícipe
Fecha de vencimiento de la garantía
Folleto de institución de inversión colectiva
Fondo de acumulación o de capitalización
Fondo de inversión inmobiliaria, FII
Fondo paraguas o por compartimentos
Gastos del fondo (TER, Total Expenses Ratio)
IIC armonizadas (UCITS, Collective Investment in Transferable Securities)
IIIC no armonizadas (non-UCITS)
Información periódica de fondos de inversión
Institución de Inversión Colectiva, IIC
Política de inversión o vocación inversora
IIC armonizadas (UCITS, Collective Investment in Transferable Securities)
Las IIC (Instituciones de Inversión Colectiva) Armonizadas son las que están domiciliadas en un estado miembro de la Unión Europea y se rigen por la normativa europea UCITS.
La Unión Europea cuenta a día de hoy con 27 países miembros: Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovaquia, Eslovenia, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Irlanda, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Países Bajos, Polonia, Portugal, Chequia, Rumanía y Suecia. Reino Unido salió en el 2020.
En 1985 se creo un mercado común de fondos de inversión para todos, regido por la normativa europea, lo que se conoce por UCITS (Undertakings for Collective Investment in Transferable Securities u Organismos de inversión colectiva en valores mobiliarios), que dicta entre otras cosas que todos ellos pueden comercializarse en España siempre y cuando se hayan inscrito previamente en la CNMV y cumplan una serie de requisitos.
De este modo cualquier inversor puede entrar en un fondo francés, alemán o belga sin necesidad de preocuparse por los temas fiscales o por si puede o no hacerlo según la ley del país, lo que aporta no sólo más alternativas de inversión sino también mayor protección.
En todo caso, aunque a de hoy a las IIC Armonizadas o UCITS se las considera inversiones reguladas por los gobiernos, tienen los mismos riesgos que cualquier otro fondo.
Fondos y sociedades de inversión, domiciliadas en un Estado miembro de la Unión Europea y sujetas a la Directiva europea que regula las instituciones de inversión colectiva. Pueden comercializarse en España entre los inversores particulares, previa inscripción en los registros de la CNMV y a través de entidades comercializadoras también registradas en este organismo.