Fondos de Inversión
Comisión de depósito o custodia
Derecho de separación del partícipe
Fecha de vencimiento de la garantía
Folleto de institución de inversión colectiva
Fondo de acumulación o de capitalización
Fondo de inversión inmobiliaria, FII
Fondo paraguas o por compartimentos
Gastos del fondo (TER, Total Expenses Ratio)
IIC armonizadas (UCITS, Collective Investment in Transferable Securities)
IIIC no armonizadas (non-UCITS)
Información periódica de fondos de inversión
Institución de Inversión Colectiva, IIC
Política de inversión o vocación inversora
Periodo de garantía
El período de garantía es el que va desde la fecha de inicio de la garantía hasta la fecha de vencimiento de la misma.
En Fondos de Inversión Garantizados este período es fundamental ya que durante el mismo todo o parte del capital, y puede que hasta una rentabilidad mínima, están garantizados.
Es habitual que cuando este período es muy amplio existan lo que se conoce como ventanas de liquidez, que son unas fechas determinadas durante las cuales el partícipe (el inversor o ahorrador) puede sacar todo o parte de su dinero sin necesidad de esperar al vencimiento y sobre todo, sin pagar ninguna comisión de reembolso. La pega es que al hacerlo pierde automáticamente la garantía del dinero que saca, lo que no implica que tenga pérdidas reales, ya que eso dependerá del valor liquidativo de las participaciones de ese momento.
Pongamos por ejemplo que tenemos un Fondo de Inversión garantizado de Renta Variable a 4 años, que ofrece una garantía del capital del 100 % y una rentabilidad mínima del 2 % anual, y cuyo período de garantía va del 01/01/2023 al 01/01/2027. Comisión de reembolso del 3 % excepto en las ventanas de liquidez que son el 01/01/2024, el 01/01/2025 y el 01/01/2026.
La duración de la garantía son 4 años y el período de garantía es el que va desde el 01/01/2023 al 01/01/2027. Si el partícipe mantiene su inversión durante estas fechas tendrá garantizado su capital y además una rentabilidad mínima del 2 % anual.
¿Pero qué pasa si decide sacar todo o parte de su dinero antes de tiempo?
Que podrá hacerlo pero al valor de su inversión de ese momento y además asumiendo un comisión del 3 % del dinero que saque, salvo que se espere a una hacerlo en una ventana de liquidez donde no pagará comisión alguna pero igualmente se atendrá al valor de mercado de sus participaciones.
Para más información: Ver Fondos Garantizados.
Período durante el que es necesario mantener la inversión en un fondo garantizado para poder beneficiarse de las condiciones de la garantía, ya sea de conservación de capital o de rentabilidad. La garantía sólo es efectiva y exigible por el partícipe en una fecha futura (vencimiento de la garantía). Los reembolsos efectuados antes de ese momento, durante el llamado período de garantía, en general no están cubiertos por la misma y suelen estar sujetos al pago de comisiones de reembolso.